Seguros Gassiot
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Accidentes del personal
Catalana Occidente
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El Convenio del año 1982 obligó, por primera vez, a asegurar a todo el personal contratado por un capital en caso de muerte accidental o invalidez. De hecho, es un complemento económico que se pactó entre agentes sociales y empresas.

Este seguro cubre la actividad profesional y la vida privada, si así lo estipula el tipo de convenio. No cubre la muerte o la invalidez producida por causas naturales.

Descripción de accidente: Lesión corporal que se deriva de una causa:

  • Violenta
  • Repentina
  • Externa
  • Ajena a la intencionalidad del asegurado
  • Que causa invalidez o muerte

No se considera accidente cuando se está bajo el efecto del alcohol u otras drogas.

Éste es un seguro del convenio, por tanto, no se debe confundir con los Accidentes de Trabajo.

Jordi Gassiot, Corredor de seguros
DGS F-1320
  • Con el soporte de:
  • Universitat Ramon Llull
  • Fundació Escola Cristiana de Catalunya
  • Agrupació Escolar Catalana